domingo, 1 de mayo de 2016

CONTRATO LABORAL
 ¿QUÉ SON LOS CONTRATOS LABORALES?
El contrato laboral es un acuerdo entre el trabajador y el empresario, en virtud del cual el trabajador se compromete a prestar sus servicios de forma voluntaria, por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del empresario, que se compromete al pago de una retribución.




   LOS DERECHOS Y DEBERES LABORALES DEL TRABAJADOR
Derechos laborales
Según establece el artículo 4 de la sección 2ª del Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores 
a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
b) Libre sindicación
c) Negociación colectiva.
d) Adopción de medidas de conflicto colectivo.
e) Información, consulta y participación en la empresa.

2. En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:
a) A la ocupación efectiva.
b) A la promoción y formación profesional en el trabajo.
c) A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta Ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.
d) A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
e) Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
f) A la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.
g) Al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo.
h) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo.


Deberes laborales
Los trabajadores tienen como deberes básicos:
  1. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
  2. Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  3. Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
  4. No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.
  5. Contribuir a la mejora de la productividad.
  6. Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.

 




  ¿CÓMO DEBE SER UN CONTRATO LABORAL?
Los contratos de trabajo pueden celebrarse por escrito o de forma oral, entendiéndose que habrá contrato de trabajo cuando exista un acuerdo entre trabajador y empresario por el que se presten unos servicios bajo la dirección y organización de éste a cambio de una retribución económica. Si no se celebran por escrito, se entenderán celebrados por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo que se acredite que fueron celebrados con carácter temporal o a tiempo parcial (por horas o media jornada).

Los contratos de trabajo que se detallan a continuación deberán constar siempre por escrito y en el modelo oficial:
-Contratos en prácticas.
-Contratos para la formación.
-Contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo, de relevo y los contratos de trabajo a domicilio.
-Contratos para la realización de una obra o servicio determinado y los contratos de inserción.
-Contratos de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.
-Contratos temporales cuya duración sea superior a 4 semanas.
-En estos contratos deberán constar los siguientes apartados:
-Los datos de la Empresa y del trabajador.
-La fecha en la que se iniciará la relación laboral y su duración.
-El tipo de contrato que se celebra.

 


  ¿QUÉ ES LA ONP?
La ONP es la Oficina de Normalización Previsional y tiene con función de reconocer y entregar derechos pensionarios, entre otras cosas. 
O sea, se encarga de ver el pago de las pensiones y devengados de los jubilados que aportaron al Sistema Nacional de Pensiones. 


¿QUÉ EL APORTE DE A.F.P.?
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   ¿QUÉ ES C.T.S?

La CTS es un beneficio social que permite prever el riesgo que origina el cese de una relación laboral y la consecuente pérdida de ingresos en la vida de una persona y su familia.










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